Con el propósito de establecer una red de comunicación e información con objetivos sociales y culturales, solicitamos ponerse en comunicación con la Asociación Casa de Baleares del NEA, si en su familia hay inmigrantes de las Islas Baleares o descendientes. A tal efecto rogamos completar el Registro que sigue a continuación con sus datos actualizados, y remitirlo a la Asociación:
En Corrientes:
Presidente de la Asoc. Casa de Baleares-NEA
Avda. Alberdi 1670
3400 Corrientes
juanangel45@yahoo.com.ar
En Chaco:
Secretaria de la Asoc. Casa de Baleares-NEA
Córdoba 298 3 B
3500 Resistencia
elizb.secbalnea@gmail.com
Completar los datos requeridos:
Apellido y Nombre
DNI, LE u otro documento
Fecha de Nacimiento
Lugar de nacimiento
Dirección actual (calle, n°, ciudad, código postal, provincia)
Teléfono y/o Celular
E-mail
Nivel de estudios alcanzado: Primario......Medio.........Terciario:
Título
Ocupación o actividad actual
Ascendencia y Procedencia (consignar los nombres de los ascendientes de origen balear solamente, ciudad de Baleares de la que provienen y año aproximado de inmigración)
Es oriundo de Baleares?
Abuelo paterno
Abuela paterna
Abuelo materno
Abuela materna
REQUISITOS PARA LA CREACIÓN DE UNA COMUNIDAD BALEAR
La Consejería de Presidencia del Gobierno de las Islas Baleares , que es quien actualmente asume las competencias en materia de Acción Exterior, considera que para la admisión de nuevas comunidades baleares, es imprescindible contar con un mínimo de 50 familias baleares y/o sus descendientes y que en su conjunto superen 100 personas, con los datos de cada uno que se menciona en la ficha. Los grupos reducidos de baleares deberán adherirse a la Casa/Centro Balear más cercano.
De acuerdo a la Ley 3/92, de 15 de julio, las comunidades baleares establecidas fuera de la comunidad autónoma podrán solicitar el reconocimiento de su personalidad de origen, entendida como el derecho a colaborar y compartir la vida social y cultural con las islas.
Así mismo, con esta Ley se crea el Registro de Comunidades Baleares asentadas fuera de las islas Baleares, como instrumento a través del cual las reconoce, adquiriendo los derechos correspondientes.